Al producirse la vacante de la
Sede Apostólica comienza un periodo que se llama de Sede Vacante. Durante
este período rige el principio de nihil innovetur (que no se innove
nada). El gobierno de la Iglesia queda confiado al Colegio de los Cardenales
solamente para el despacho de los asuntos ordinarios o de
los inaplazables y para la preparación de todo lo necesario para
la elección del nuevo Pontífice (art.2) de la Constitución
Apostólica Universi Dominici Gregis. El artículo 1, para mayor abundancia,
señala que “el Colegio de los Cardenales no tiene ninguna potestad o
jurisdicción sobre las cuestiones que corresponden al Sumo Pontífice en vida o
en el ejercicio de las funciones de su misión; todas estas cuestiones deben
quedar reservadas exclusivamente al futuro Pontífice”.
Se conoce como periodo de sede
vacante el periodo que hay entre el momento en que se produce la vacante
en la sede romana y la elección del siguiente sucesor de San Pedro. Este
período ha sido regulado con detalle por la legislación canónica, teniendo en
cuenta que se trata de un tiempo delicado para la vida de la
Iglesia.
Si el Romano Pontífice renunciase a su
oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste
formalmente, pero no que sea aceptada por nadie.
Por lo tanto, la renuncia sería efectiva
desde el momento en que se manifiesta formalmente. No se
requiere que se haga por escrito. Sí que se haga de modo formal.
El Cónclave
Los Cardenales se han de reunir
en cónclave para proceder a la elección del nuevo Romano Pontífice.
El artículo 37 establece que el cónclave comenzará 15 días después de la
vacante de la sede apostólica, aunque el Colegio de Cardenales puede establecer
otra fecha, que no puede retrasarse más de 20 días desde la vacante.
El espíritu de la legislación en vigor establece
que el Cónclave haya de considerarse no una simple reunión de los Cardenales
con derecho a voto, sino más bien un ámbito de retiro sagrado.
¿Quiénes tienen derecho a elegir al Papa?
El artículo 33 indica que “el derecho de
elegir al Romano Pontífice corresponde únicamente a los Cardenales de
la Santa Iglesia Romana, con excepción de aquellos que, antes del día de la
muerte del Sumo Pontífice o del día en el cual la Sede Apostólica quede
vacante, hayan cumplido 80 años de edad”: por ello, si un Cardenal
cumple 80 años después de producirse la vacante -antes incluso de que comience
el cónclave- tiene derecho a elegir al Papa.
¿Quiénes son admitidos en el Cónclave?
Para satisfacer las necesidades personales
y de orden relacionadas con el desarrollo de la elección, han de entrar en las
zonas reservadas a la habitación o a la elección el Secretario del
Colegio Cardenalicio, que actúa de Secretario de la asamblea electiva;
el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias con
dos Ceremonieros y dos religiosos adscritos a la Sacristía Pontificia; un
eclesiástico elegido por el Cardenal Decano, o por el Cardenal que haga sus
veces, para que lo asista en su cargo. También deberán estar
disponibles algunos religiosos de varias lenguas para las
confesiones, y también dos médicos para eventuales emergencias. Se
deberá también proveer oportunamente para que estén disponibles un número
suficiente de personas en los servicios de comedor y de limpieza.
Además, si algún Cardenal lo necesita, puede
solicitar la presencia de un enfermero que le acompañe.
Alojamiento de los Cardenales
El artículo 42 de la Constitución
Apostólica Universi Dominici Gregis introduce una novedad importante:
Artículo 42. En el momento establecido para
el comienzo del proceso de la elección del Sumo Pontífice, todos los Cardenales
electores deberán haber recibido y tomado una conveniente acomodación en la
llamada Domus Sanctae Marthae, construida recientemente en la Ciudad del
Vaticano.
Juan Pablo II, que participó en los dos
cónclaves de 1978 y pudo observar estos inconvenientes, decidió buscar un
acomodo mejor. La solución ha sido la Domus Sanctae Marthae: se trata de
una residencia situada en el recinto del Vaticano, dedicada habitualmente a
alojar al personal de la Curia Romana.
En el Cónclave de abril de 2005, se
designaron tres ámbitos en los que se desarrollaría el Cónclave: la Capilla
Sixtina, la residencia de la Domus Sanctae Marthae y las capillas de las Grutas
de San Pedro, que se usaron para la celebración de la Misa de los Cardenales.
Para el traslado entre los diversos lugares se dispusieron de de autobuses que
hacían el recorrido, aunque los Cardenales que lo prefirieron fueron caminando.
La función del Cardenal Camarlengo
Es misión del Cardenal Camarlengo, ayudado
desde el exterior por el Sustituto de la Secretaría de Estado, de que la
elección del Papa se desarrolle con la necesaria reserva y discreción.
Para ello puede emplear los medios técnicos que estime conveniente, de modo que
asegure que no se instalen medios audiovisuales de grabación y transmisión al
exterior.
El Inicio del Cónclave
El día fijado para el comienzo
del Cónclave, por la mañana, se reúnen los Cardenales electores en la Basílica
de San Pedro, y celebran la Misa votiva «Pro eligendo Papa». Esa misma tarde
los Cardenales acuden en procesión a la Capilla Sixtina. Al llegar emiten
solemne juramento. Al final de él, se expulsa de la Capilla Sixtina a los
extraños al Cónclave, con la frase «extra omnes» (fuera todos) que
debe pronunciar el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias. Una vez
que se han ido todos los extraños, se cierran las puertas de la Capilla
Sixtina.
El Escrutinio
La elección por escrutinio, el único
modo actualmente válido, tiene lugar a través de la votación, individual y
secreta, de los Cardenales electores. La Constitución Apostólica Universi
Dominici Gregis prescribe que se deben realizar dos votaciones cada día, además
de una votación la tarde en que comienza el cónclave. Para que sea válida la
elección debe contar con dos tercios de los votos. El artículo 74 prevé que, si
después de 24 escrutinios los Cardenales no consiguen ponerse de acuerdo sobre
el Cardenal elegido, podrán decidir por mayoría absoluta el modo de proceder,
pero nunca se deberá prescindir del requisito de exigir mayoría simple para que
sea válida la elección.
Aceptación del elegido
Una vez elegido, el Cardenal Decano
pregunta al elegido si acepta su elección canónica como Sumo
Pontífice. Si el elegido que es Obispo acepta, desde ese momento adquiere de
hecho la plena y suprema potestad sobre la Iglesia universal. Una vez
que ha aceptado, le pregunta el nombre por el que quiere ser llamado.
Obviamente, estas preguntas las hace el Vicedecano si el elegido es el Decano
del Colegio de Cardenales: esto ocurrió, por ejemplo, en la elección de
Benedicto XVI. .Si el elegido no es Obispo, se procede inmediatamente a su
ordenación episcopal. Los Cardenales a continuación le rinden
homenaje y le prestan obediencia. Después de cada elección se queman las
papeletas. La tradición indica que los Cardenales provoquen con paja seca o
húmeda que el humo sea negro, si no se ha elegido al Papa, o blanco si se ha
elegido al nuevo Romano Pontífice: es la conocida fumata
negra o fumata blanca, que suele ver el pueblo romano desde la plaza de San
Pedro.
En el Cónclave de 2005, para asegurar que el humo saliera del color
deseado, se añadieron productos químicos a la hoguera. Además se introdujo una
novedad, y es que tocaron las campanas de la Basílica de San Pedro cuando la
fumata fue blanca para anunciar a todos que efectivamente se había producido la
elección del nuevo Papa.
Después de las ceremonias anteriores, el primero
de los Cardenales Diáconos -es decir, el Cardenal Protodiácono- anuncia desde
el balcón de la Basílica Vaticana al pueblo reunido en la plaza de San Pedro la
elección del nuevo Papa, usando la tradicional fórmula:“Nuntio vobis gaudium
magnum: habemus Papam!”. El Romano Pontífice saluda al pueblo reunido en la
plaza de San Pedro e imparte la bendición Urbi et Orbi.
El artículo 92 indica
que “el Pontífice, después de la solemne ceremonia de inauguración del
pontificado y dentro de un tiempo conveniente, tomará posesión de la Patriarcal
Archibasílica Lateranense, según el rito establecido”. Se debe recordar que la
Basílica de San Juan de Letrán es la sede catedral de Roma, es decir, su toma
de posesión equivale a la toma de posesión que hacen los Obispos de su
Catedral.
No hay comentarios:
Publicar un comentario